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sábado, 11 de febrero de 2012

España. Nuevo régimen laboral


Las empresas podrán bajar los sueldos sin que haya acuerdo

La reforma laboral refuerza el poder patronal y concede rebajas salariales por razones económicas, técnicas, organizativas, de producción o, incluso, de productividad

El Boletín Oficial del Estado publica hoy el decreto ley de reforma laboral con importantes sorpresas. El poder patronal se refuerza aún más: a partir de ahora los empresarios podrán bajar el sueldo de sus trabajadores "cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción". Se trata de un ‘detalle' que el Gobierno omitió ayer en su explicación de la reforma.
En el caso de que estas modificaciones de sueldo se hagan individualmente (es decir, que afecten a menos de diez trabajadores en las empresas de más de cien empleados, al 10% en el caso de las empresas de entre cien y trescientos trabajadores, y a treinta trabajadoras en las de más de 300), los empresarios podrán aplicarlas unilateralmente y tan sólo tendrán que comunicarlo al trabajador afectado y a sus representantes sindicales con un mínimo de 15 días de antelación.
Eso sí, si el trabajador no está de acuerdo podrá pedir la rescisión de su contrato y su indemnización de veinte días por año trabajado. Es decir, se abre la puerta a que, en una misma empresa, el patrón decida bajar el sueldo de, por ejemplo, cinco empleados alegando razones de productividad.
En el caso de que las modificaciones de sueldo sean colectivas (que afecten, por tanto, a un número de trabajadores mayor que el mencionado anteriormente), el empresario tendrá que abrir un proceso de diálogo con los representantes de los trabajadores y será necesario que exista un acuerdo que aprueben la mayoría de miembros del comité de empresa o de la representación sindical.  

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